DOMUNI UNIVERSITAS

Filosofía del derecho

Filosofía del derecho

El diálogo transintersubjetivo y el derecho emergente. El regreso del derecho sinodal.

Código del curso: ES-SCS011

Profesor: Abogado Juan Pablo Albornoz Kokot

El diálogo transintersubjetivo y el derecho emergente. El regreso del derecho sinodal

Se plantea que una epistemología dialógica, articulada a través del concepto de "transintersubjetivo" o "transcomunitario," puede ser la clave para la emergencia de un derecho auténtico y adaptativo, capaz de responder y acompañar eficazmente los procesos evolutivos de las sociedades actuales. Esta conjetura se explorará y se intentará compartir mediante un análisis argumental filosófico a lo largo del proceso

El objetivo es compartir si existe una relación intrínseca entre el derecho, las concepciones culturales, los modos de escucha y diálogo predominantes en los sistemas jurídicos y la posibilidad de co-crear desde otra cualidad interior en los operadores del derecho que permita escuchar a la sabiduría colectiva más allá de lo colectivo y percibiendo al sistema jurídico como un organismo holístico y vivo.

El presente curso parte de la hipótesis que esa cualidad interior puede ser fuente de derecho para transformar y revitalizar lo jurídico, alineándolo más estrechamente con los procesos evolutivos sociales y culturales.

Desde el plano epistemológico la propuesta es cercana al constructivismo jurídico y al enfoque fenomenológico del derecho.

El primero considera que construimos y comprendemos al mundo de acuerdo con nuestro desarrollo cognitivo, a través de la interacción con el entorno y la asimilación de nuevas experiencias según nuestros esquemas. Y que el entorno social y cultural influye en el desarrollo cognitivo y el aprendizaje ocurre a través de la interacción social y la colaboración con otros mediante diferentes herramientas y símbolos culturales, así como el aprendizaje sucede en comunidades de prácticas donde se comparten intereses y objetivos comunes, construyendo conocimiento a través de la interacción y la colaboración con otros miembros de la comunidad.

Desde esta visión el sistema jurídico se autopoetiza a través de la comunicación, manteniéndose y reproduciéndose y se construye mediante la interpretación moral y política de las normas, buscando la mejor interpretación posible que respete los derechos y la equidad.

Las normas y procedimientos legales emergen de procesos comunicativos y discursivos entre los ciudadanos, en los cuales se negocian y justifican principios normativos que reflejan los intereses y valores de la comunidad política.

La visión fenomenológica, por su parte, busca comprender las esencias universales a través de la intuición, permitiéndonos verlas con los ojos del alma. Busca describir la estructura y la naturaleza de la experiencia tal como es vivida por los sujetos, sin hacer referencia a realidades trascendentales o subyacentes. Toda intuición es considerada una fuente legítima de conocimiento.

El derecho no sería algo preexistente, sino que surge a través de la actividad intencional de la conciencia.

La investigación busca considerar sistemas más amplios de significado y relaciones que sopesan no solo consideraciones humanas sino también el bienestar de todos los demás seres con los que los humanos somos co-dependientes y co-emergentes.

¿Es posible desarrollar una epistemología que trascienda las experiencias individuales e intersubjetivas, integrando una visión colectiva y emergente?

Esta hipótesis sugiere que la percepción y comprensión del derecho podrían surgir de una resonancia compartida y una conexión holística, superando la dicotomía entre subjetividad e intersubjetividad.

Se investigará si el derecho puede emerger de un tejido colectivo más profundo, conceptualizado como "cuarta persona" o transcomunitario y cómo esta perspectiva podría redefinir la naturaleza del derecho en su relación con las dinámicas sociales.

Este curso de Filosofía del Derecho integra la percepción interna y la observación externa donde no hay separación entre la mente y mundo, observador y observado sino que ambos están interconectados y son co-emergentes, sugiriendo una visión holística donde el conocimiento jurídico surge de una percepción distribuida y descentrada.

Es el objetivo del proceso mostrar la relación entre las concepciones culturales, el diálogo y el derecho; relevar el estado de la cuestión mediante el estudio de novedosas teconologías sociales que permiten trascender mediante el diálogo las polaridades y dejan emerger nuevas realidades y bibliografía especializada; reconocer la posibilidad del diálogo transpersonal como fuente de derecho y reconocer, además, su prexistencia en la tradición andina y en los diálogos sinodales. De allí el sentido de la frase: “El regreso a un derecho sinodal”

 

Metodología y Plan tentativo de trabajo.

El primer paso será ubicar a la Filosofía del Derecho dentro del conocimiento y en su caso qué tipo de conocimiento es.

Partiremos de la premisa que estamos ante un tipo de conocimiento especulativo basado en la intuición, la lógica abstracta, la reflexión y la interpretación subjetiva. y que está influenciado por opiniones o creencias y puede tener objetivos diversos.

También reconoceremos que este tipo de conocimiento también tiene importantes consecuencias sociales y no son sólo palabras en virtud de la fuerza de los sistemas de ideas en el derecho, en la sociedad y en la cultura, reforzando la idea de una comprensión generativa del lenguaje. 

Reconoceremos que el quehacer filosófico se lleva a cabo de una cultura determinada y analizaremos ejemplos diversos como la filosofía andina donde el quehacer filosófico está insertado en lo que podemos llamar "sabiduría" y "filosofía de vida" y trata de un "saber" que tiene dimensiones psicológicas, sociales, religiosas, espirituales y místicas.

Responderemos a las preguntas: ¿hay un método para iusfilosofar? ¿necesitamos de una nueva epistemología en el contexto actual?  

Entraremos en el terreno de la epistemología que es el área de la filosofía cuyo objetivo es determinar las condiciones bajo las cuales una creencia puede ser considerada verdadera y justificada.

Proponemos un breve repaso las teorías tradicionales: realismo, racionalismo,  idealismo,  criticismo, empirismo, saber andino, el fenomenologismo, existencialismo,  pragmatismo,  materialismo, constructivismo y posmodernismo.

Expondremos visiones de la cosmosofía andina para caminar en el proceso dialógico que nos llevará a la conclusión de la tesis, explorando fundamentalmente sus principios de:

  1. Relacionalidad
  2. Correspondencia
  3. Complementariedad
  4. Rreciprocidad
  5. Ciclicidad

Exploraremos el “integralismo” que es un neologismo que propongo para identificar el modo de integración de “todas las sabidurías” (pre personal, personal y transpersonal) propuesta por Ken Wilber.

Analizaremos la “Teoría U” propuesta por Otto Scharmer para observar su posibilidad en el mundo jurídico. Dicha teoría es el resultado de una investigación, que ha incluido 150 entrevistas con líderes, empresarios e innovadores así como una participación activa en procesos de cambio en compañías, gobiernos y comunidades.

Sugiere una profunda interconexión entre el conocimiento, la consciencia y los resultados dentro de un sistema jurídico y nos invita a una reflexión desde una perspectiva epistemológica y metafísica del derecho centrada la consciencia, el conocimiento y el estado interior de los agentes de derecho.

Analizaremos el enfoque de la “presenciación” que puede resumirse así:

“La esencia de nuestro punto de vista tiene que ver con el poder de atención: no podemos transformar el comportamiento de los sistemas a menos que transformemos la calidad de la atención que la gente aplica a sus acciones en estos sistemas, tanto individual como colectivamente”

«Presenciación» que es una palabra compuesta que combina sensación (sentir la posibilidad futura) y presencia (estar en el momento actual). Significa percibir y materializar nuestra mejor posibilidad futura, actuar desde la presencia de lo que quiere emerger.

Finalmente regresaremos al camino sinodal para reconocer su esencia en el plano de la filosofía del derecho mediante una “hermenéutica peregrina”

El Papa Francisco, en octubre de 2023, inauguró un sínodo que convoca a la Iglesia a "caminar juntos" bajo la guía del Espíritu Santo.

Este acto puede ser interpretado ius filosóficamente como una invitación a la construcción de un entendimiento compartido y a la participación colaborativa en la búsqueda de la verdad y el bien común. La idea de "caminar juntos" refleja un enfoque relacional y procesual en la formación de la comunidad, conocimiento y derecho, enfatizando la importancia de la colaboración, la escucha mutua y la apertura al diálogo en la construcción de significados y valores compartidos.

¿Cuál es la esencia de esta apertura?

Esta perspectiva invita a superar los límites personales, comunitarios, geográficos y culturales en la interpretación jurídica. En lugar de confinarnos a nuestras perspectivas particulares, se nos llama a una escucha recíproca y a un discernimiento compartido que nos conecte con las realidades y aspiraciones comunes de la humanidad.

La esencia de esta invitación es una apertura a la unidad y la comunión, reflejada en el llamado a “que todos sean uno” (Jn 17,21). Este llamado a la unidad y fraternidad no solo tiene un valor ético y espiritual, sino que también tiene profundas implicaciones para el derecho.

La sinodalidad, entendida como la capacidad de “caminar juntos” en el proceso de creación y aplicación del derecho, se revela como una fuente de legitimidad y transformación en el ámbito jurídico.

La pregunta que surge en este contexto es:

¿Podemos los operadores del derecho caminar juntos en esta búsqueda de una justicia más inclusiva y humana?

¿Es válido un derecho que no emane de este “caminar juntos”?

En lugar de crear “otro derecho” aislado de nuestras experiencias compartidas. La invitación es explorar si es posible transformar la comprensión del derecho desde una “hermenéutica peregrina” que implica una praxis filosófica y científica que se abre a la novedad, practicando una escucha humilde y un compromiso valiente con su proceso de co-creación; hacia una justicia que refleje mejor la diversidad y las necesidades de la sociedad global.

Para relevar el estado de la cuestión hermenéutica en torno al problema analizaremos la bibliografía disponible a nuestro alcance.

 

Programa del curso

Nos proponemos desarrollar el trabajo según el siguiente esquema tentativo:

CAPITULO I: INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFIA DEL DERECHO

CAPITULO II: METODOS y FILOSOFÍA DEL DERECHO

CAPÍTULO III: LA COSMOSOFIA ANDINA

CAPITULO IV: LA FILOSOFIA DEL DERECHO INTEGRAL o INTEGRALISMO

CAPITULO V: HACIA UNA FILOSOFIA DEL DERECHO EMERGENTE

CAPITULO VI: LA TRANSINTERSUBJETIVIDAD COMO FUENTE DE DERECHO

CAPITULO VI: IUS FILOSOFÍA COMO CAMINO SINODAL